Oficina de Asistencia Económica
Te proveemos, si cualificas, la ayuda económica que necesitas para alcanzar tus metas académicas. Este proceso comienza cuando radicas la solicitud de FAFSA (Solicitud de Ayuda Gratuita Federal) por cada año académico por el cual desees recibir ayudas económicas. La rapidez con la que cumplas con el proceso de solicitud permitirá que se agilice la asignación de las ayudas. Por consiguiente, te solicitamos que respondas inmediatamente a nuestros avisos, fechas límites, petición de documentos, entre otros.
Si cualificas, se te ofrecerá ayuda económica para los niveles de asociado, bachillerato, certificado, graduado, programas de doctorados, primera carrera profesional y cursos técnicos no universitarios.
Tipos de ayudas
que ofrecemos:
- Becas Federales
- Estudio y Trabajo Federal
- Becas Estatales
- Becas Privadas
- Becas Institucionales
- Préstamos Estudiantiles
Procesos para ayudas
ASISTENCIA ECONÓMICA
El propósito principal de la Oficina de Asistencia Económica, es proporcionar ayuda económica, conforme con la disponibilidad de recursos, a estudiantes que no tengan otras alternativas para pagar sus estudios universitarios. La Oficina de Asistencia Económica está comprometida con contribuir al logro de las metas académicas y profesionales de los estudiantes, proveyendo ayuda económica dentro de los recursos disponibles a los que soliciten y resulten elegibles. Además, mantiene a la comunidad universitaria informada sobre las diversas oportunidades de becas ofrecidas por entidades externas a la PUCPR. Los fondos de las ayudas provienen de fuentes federales, estatales, institucionales y privadas.
De acuerdo con el gobierno federal, se presume que los padres (estudiantes dependientes) y los estudiantes independientes, tienen la responsabilidad principal de aportar a su educación. Los recursos de las ayudas económicas complementarán la contribución de la familia y permitirán a los estudiantes con necesidades económicas, lograr una educación universitaria y, por consiguiente, asegurar un buen futuro para él y la sociedad.
REQUISITOS BÁSICOS DE ELEGIBILIDAD
El estudiante prospecto o activo, a ser considerado para asistencia económica de la PUCPR, deberá cumplir con lo siguiente:
- Cumplimentar, anualmente, la “Solicitud Gratuita de Ayuda Federal para Estudiantes”, FAFSA, htpps://fafsa.ed.gov
- Haber sido admitido o estar estudiando en la PUCPR, en un programa conducente a un grado universitario o certificado, que esté debidamente acreditado por las agencias acreditadoras federales y estatales.
- Ser ciudadano americano o residente permanente.
- Cumplir con los requisitos básicos de las ayudas solicitadas.
- Demostrar necesidad económica, según los reglamentos vigentes del Departamento de Educación Federal y del Consejo de Educación de Puerto Rico.
- Mantener progreso académico satisfactorio, según las normas institucionales vigentes igualmente el reglamento federal y estatal de cada programa en particular.
- No haber agotado el equivalente al 150% del total de créditos requeridos por su programa de estudios.
- Alcanzar el máximo porciento de utilización de la Beca Pell (Lifetime Eligibility Used – 600%). Se limitará la elegibilidad para algunos programas de ayuda estudiantil del USDE, entre otras.
- No estar en morosidad en el pago de algún préstamo federal estudiantil (Federal Perkins, Federal Family Educational Loan, (FFEL-Stafford) Ford Direct Student Loan, PLUS) concedido para cursar estudios en cualquier institución post-secundaria.
- No deber reembolso alguno, a ningún programa de ayuda económica (Pell Grant, SEOG, u otro programa), por concepto de un sobrepago del mismo, en ninguna institución post-secundaria.
- De ser varón, entre los 18 y 25 de edad, haberse registrado con el Servicio Selectivo de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.
- Se le informará sobre cualquier documento o requisito adicional que le sea requerido. No obstante, debe acceder a la información provista en esta página electrónica, para conocer los requisitos básicos de cada programa de ayuda.
PROCEDIMIENTOS PARA SOLICITAR AYUDAS ECONÓMICAS
Todo estudiante tiene que completar los documentos siguientes:
- Crear su credencial FSA ID (nombre de usuario y contraseña para iniciar sesión en ciertos WEB del USDE) accediendo a: htpps://fsaid.ed.gov
- Solicitud Gratuita de Ayuda Federal Estudiantil (FAFSA) o renovación de la misma para el año que esté cursando estudios incluyendo el código de la PUCPR 003936.
- De ser seleccionado para un proceso de verificación por el Departamento de Educación Federal, entregar evidencia de ingreso y de los documentos adicionales requeridos por la Oficina de Asistencia Económica.
- Si desea solicitar un préstamo estudiantil, debe ser evaluado por un Oficial de Asistencia Económica, quien verificará si cumple con los requisitos y determina la cantidad máxima a ser elegible. Si es la primera vez que solicita un préstamo debe acceder a htpps://studentloans.gov y cumplimentar los requisitos federales del Master Promissory Note, MPN y la Entrevista de Entrada.
- ESTUDIANTES TRANSFERIDOS deberán añadir al FAFSA el código de la Institución 003936 accediendo a htpps://fafsa.ed.gov.
NOTA: La renovación de ayuda económica NO es automática. El estudiante deberá radicar una solicitud de ayuda (FAFSA) cada año académico. El año académico comprende desde el 1 de julio del año actual hasta el 30 de junio del próximo año. Ejemplo: (1 de julio de 2018 al 30 de junio de 2019)
PROCESO DE ASIGNACIÓN DE AYUDA
Las asignaciones de ayudas están sujetas a la disponibilidad de fondos que la PUCPR reciba de las diferentes agencias federales y/o estatales, entidades privadas, recursos institucionales, entre otros. Se considerán, en el proceso de evaluación y asignación de ayudas, los requisitos específicos para cada programa de ayuda económica. La necesidad económica del estudiante es la base para la posible asignación de ayuda.
La necesidad económica se determina aplicando la fórmula siguiente:
Presupuesto Educacional
(Promedio del costo de matrícula, cuotas, libros/materiales, hospedaje, comida, transportación y otros)
Menos (-)
La Contribución Familiar Esperada (EFC)
(Determinada por el proceso del FAFSA)
(Determinada por el proceso del FASFA)
Menos (-)
Cualquier ayuda externa que reciba el estudiante
es igual a (=)
Necesidad Económica
Además de la necesidad económica, se toman en consideración el promedio acumulado, los requisitos específicos de cada ayuda y la cantidad de fondos disponibles. Dado que los fondos de las ayudas recibidas no son suficientes para cubrir todas las necesidades de los estudiantes que cualifiquen, la yuda es asignada por un programa computarizado que le da prioridad a todos aquellos estudiantes con la contribución familiar más baja (EFC=”0”), promedio y necesidad económica en orden de mayor a menor. Todas las ayudas son otorgadas a principio del año académico, con la excepción del préstamo estudiantil, el cual, de no haber sido solicitado con las demás ayudas, el estudiante podrá solicitarlo posteriormente.
Los fondos que no sean distribuidos durante el año académico, serán asignados para la sesión de verano. Se les dará prioridad a los estudiantes que soliciten ayuda para el verano dentro de las fechas límites publicadas por la Oficina de Asistencia Económica. El orden de asignación de ayudas es el siguiente: los estudiantes candidatos a graduación en verano, estudiantes de cuarto año, tercer año, segundo año y primer año, hasta que se agoten los fondos.
Presupuesto Educacional 2018-2019
Presupuesto Educacional 2017 2018
CLASIFICACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS EDUCACIONALES
Los presupuestos educacionales se establecen para exponer una proyección aproximada del costo directo e indirecto que conlleva alcanzar la meta académica que el estudiante ha seleccionado. Estos presupuestos son gastos promedio estimados para el periodo anual de estudio. Los programas en su mayoría son anualmente de nueve meses. Habrá situaciones en las cuales el presupuesto educacional se modificará; el programa es mayor o menor de los nueve meses, el estudiante se matriculará solamente en un semestre o trimestre del año académico. El presupuesto debe contemplar otros costos de estudio, como lo es, por ejemplo, la sesión de verano.
No obstante, los presupuestos son cuidadosamente preparados anualmente para ser consistentes con los requisitos de los programas y la realidad de los gastos promedio. Por ende, los presupuestos educacionales son preparados por nivel de estudio (subgraduado y graduado), y por las clasificaciones siguientes:
- “Home”– vive en la casa de los padres
- “On-Campus” – hospedado en facilidades de la Universidad
- “Off-Campus” – hospedado en un hospedaje particular o ser independiente o casado que viva en una casa u hospedaje particular
Los componentes de cada presupuesto son los siguientes:
- Matrícula y cuotas
- Libros y materiales educacionales
- Hospedaje y comidas
- Gastos de transportación
- Gastos personales
- Equipo requerido por el programa
Ajustes por “Professional Judgement” (gastos médicos o incapacidad; hijos dependientes y sus gastos de cuido o matrícula en escuela privada; entre otros) serán considerados a petición del estudiante, no obstante, tendrá que presentar los documentos que la Oficina de Asistencia Económica le solicite para sustentar su petición.
Los presupuestos siguientes, para el año académico 2018-2019 se han preparado tomando como ejemplo a un estudiante matriculado a tiempo completo catorce (14) créditos a nivel sub-graduado y seis (6) créditos a nivel graduado; excepto aquellos programas que tienen un módulo específico de créditos tales como: Arquitectura, Tecnología Médica, entre otros.
A ningún estudiante se le permitirá pagar su deuda con cargos a los programas estudiantiles de asistencia económica, hasta que se haya recibido una respuesta oficial del FAFSA del año académico en el cual se matriculará (ISIR).
Antes de ser desembolsadas las ayudas, la Oficina de Asistencia Económica verificará que el estudiante esté cumpliendo con los criterios requeridos por cada programa de asistencia económica. Si no cumple, no se le acreditará la ayuda.
La Institución publica información donde informa que el estudiante tendrá derecho a un “vale” para la compra de libros y materiales, siempre y cuando tenga sobrante de ayudas económicas. La Oficina de Tesorería, en coordinación con la Librería Pionera, ofrece la opción a los estudiantes de nivel graduado y subgraduado a solicitar un vale para adquirir libros y material educativo.
Requisitos para solicitar vale para libros:
- Estar matriculado en la PUCPR en el periodo de estudios en que solicita el vale y mostrar la hoja de matrícula.
- Presentar su tarjeta de identificación.
- Tener una proyección de sobrantes de beca y/o préstamos para el periodo correspondiente.
- Haber completado el documento “Autorización de Cargos al Sobrante de Título IV”.
La información de becas y préstamos asignados al solicitante del vale de libros está sujeta a verificación en la Oficina de Asistencia Económica.
Las ayudas económicas son acreditadas a la cuenta de matrícula del estudiante durante cada período de estudios (semestre, trimestre u otro). Si el período de estudios es solamente un semestre o trimestre la Institución, por reglamento federal, tendrá que acreditar la mitad de la asignación de fondos al comienzo del período de estudios y, el restante, en o después del 50% del semestre o trimestre.
Al recibir los fondos de la agencia federal o estatal pertinente, la Universidad tendrá tres (3) días para acreditar las mismas a la cuenta del estudiante y catorce (14) para desembolsar los sobrantes al estudiante. El sobrante se desembolsará por cheque (enviándose a la dirección postal del estudiante) o por depósito directo, si se acoge a este beneficio.
El proceso de desembolso de los fondos se realizará en la Oficina de Tesorería. Bajo ninguna circunstancia la Oficina de Asistencia Económica es responsable de este proceso.
A los estudiantes a quienes se les haya asignado algún préstamo estudiantil, tendrán derecho a cancelarlo parcialmente o en su totalidad dentro de los catorce (14) días después de haber sido notifados del desembolso o acreditación a su cuenta.
Las horas trabajadas por los estudiantes participantes del Programa de Estudio y Trabajo Federal O Puestos de Trabajo (Programa Institucional) son pagadas mensualmente con el salario mínimo federal vigente. Las Ayudantías de Asistencia de Cátedra/Investigación se pagarán conforme al Protocolo establecido por la Junta Administrativa. La Oficina de Asistencia Económica o la Oficina de Tesorería publica con anticipación la fecha en la cual estarán entregando los cheques.
Las ayudas económicas NO pagan el plan médico, cuotas por cambio de cursos, intereses, entre otros cargos. Si el estudiante desea que la acreditación de sus ayudas cubra todos los cargos actuales acreditados a su cuenta, es necesario que lo autorice firmando y entregando la Autorización de Cargos al Sobrante de Ayudas de Título IV. Además, dicha autorización le permite a la Universidad acreditar hasta $200.00 de las deudas de años académicos anteriores.
Al estudiante que no cualifique para ayudas económicas, se le facilita matricularse con un Plan de Pago Diferido en el cual pagan por lo menos:
- 25% del total de su matrícula de semestre
- 33% del total de su matrícula de trimestre
- 50% del total de su matrícula de verano
Al acogerse a este Plan de Pago Diferido, se le facturará el balance en tres (3) plazos durante el semestre y dos (2) plazos para el trimestre. Se le factura mediante un Cupón de Pago que incluye el cargo de Interés de 1% sobre el balance adeudado. Para información adicional, favor de comunicarse con la Oficina de Tesorería de la PUCPR.
Política de Reembolso – Programas de Título IV
El reglamento federal (“Higher Education Amendments” of 1998, Public Law 105-244”) le indica a la institución, el proceso del cálculo de la ayuda, cuando un estudiante efectúa una baja total. La Universidad tiene que calcular la cantidad a la cual el estudiante tiene derecho y la cantidad que deberá devolverse al Gobierno Federal. El estudiante solamente tendrá derecho a recibir un porciento de ayuda federal, basado en los días que asistió a clases (días asistidos ÷ días en el periodo de estudio). La institución y el estudiante son responsables de devolver al Gobierno Federal la cantidad que no les corresponda. El estudiante debe visitar la Oficina de Asistencia Económica, antes de efectuar una baja total, para orientarse sobre la cantidad de ayuda federal a la cual tiene derecho y la cantidad que tendrá que devolver o re-pagar al Gobierno Federal. Este reglamento se aplica a los Programas de Título IV y no es igual a la política institucional. No obstante, los Programas Estatales se rigen por la misma política de reembolsos de Título IV del Departamento de Educación Federal.
Luego que se realiza el proceso del cálculo de reembolso a consecuencia de una baja total, se envía al estudiante una comunicación oficial. En la misma se detalla los ajustes y el efecto que tiene su baja en sus ayudas económicas. Además, dicha información estará disponible a través de Acceso Pionero – Asistencia Económica.
La devolución de fondos está basado en la reglamentación federal de Título IV. El orden es el siguiente:
- Préstamo Federal Directo No-Subsidiado
- Préstamo Federal Directo Subsidiado
- Préstamo PLUS Directo
- Beca Pell
- Beca Federal SEOG
- Alguna otra ayuda de Título IV
- Alguna otra ayuda que no sea de Título IV
Para información adicional relacionada con el proceso de devolución de fondos, puede visitar la Oficina de Asistencia Económica y/o la Oficina de Tesorería.
Resumen de los requisitos conforme al 34 CFR 668.22
(Proveer a los estudiantes como parte de Información al Consumidor)
CÓMO TRABAJAR LA AYUDA DE TÍTULO IV CUANDO UN ESTUDIANTE PROCESA UNA BAJA TOTAL
La ley establece cómo su institución debe determinar la cantidad de ayuda del Programa de Título IV a la que usted tenía derecho si procesa una baja total. Los programas del Título IV, que están cubiertos por esta ley, son la Beca Pell, Beca Iraq y Afganistán, Beca TEACH, Préstamos Directos, Préstamos Directo PLUS, Beca Suplementaria Federal para Oportunidades Educativas, FSEOG por sus siglas en inglés.
Aunque su ayuda se publica en su cuenta al comienzo de cada período, usted tiene derecho a los fondos a medida que completa el período. Si procesa una baja total durante su período de pago o período de matrícula (su institución puede definir estos para usted e informarle cuál le aplica), la cantidad de la ayuda del programa Título IV a la cual usted tiene derecho, hasta ese punto, está determinado por una fórmula específica. Si usted recibió (o su institución o el padre recibió en su nombre) menos ayuda a la cantidad que tenía derecho, usted puede recibir esos fondos adicionales. Si recibió más ayuda a la cual tenía derecho, los fondos excedentes deben ser devueltos por la institución y/o usted.
El monto de la ayuda a la que usted tenía derecho se determina sobre una base proporcional. Por ejemplo, si completó el 30% de su período de pago o período de matrícula, usted tiene derecho al 30% de ayuda que se programó que recibiera originalmente. Una vez que haya completado más del 60% del período de pago o período de matrícula, usted tiene derecho a toda la ayuda que estaba programada para recibir durante ese período.
Si no recibió todos los fondos a los que tenía derecho, es posible que se le adeude un desembolso posterior a la baja total, post-withdrawal disbursement. Si su desembolso posterior a la baja total incluye fondos de préstamos, su institución debe obtener su permiso antes de que pueda desembolsarlos. Usted puede optar por rechazar algunos o todos los fondos del préstamo para que no incurra en deuda. La Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico puede utilizar automáticamente todo o una parte de su desembolso posterior a la baja total de los fondos para la matrícula, cuotas y los cargos de alojamiento y comida (conforme a lo acordado con la institución). La institución necesita su permiso para utilizar el desembolso de la beca después de la baja total para todos los cargos institucionales. Si no le da su permiso (La PUCPR solicita esto cuando se matricula), se le ofrecerán los fondos. No obstante, usted puede permitir que la institución retenga los fondos para reducir su deuda con la institución.
Hay algunos fondos de Título IV que usted estaba programado para recibir que no pueden ser desembolsados una vez procesa una baja total debido a otros requisitos de elegibilidad. Por ejemplo, si usted es un estudiante de primer año subgraduado y no ha completado los primeros 30 días de su programa antes de procesar una baja total, no recibirá los fondos del Préstamo Directo que usted hubiera recibido si hubiera permanecido matriculado después de 30 días.
Si usted recibe (o su institución o padre lo recibe en su nombre) en exceso los fondos del programa de Título IV que deben ser devueltos, su institución debe devolver una porción del exceso igual al menor de:
1. Sus cargos institucionales multiplicados por el porciento no devengado de sus fondos, o
2. El importe total de los fondos excedentes.
La institución debe devolver este monto incluso si no mantuvo su cantidad de fondos del programa de Título IV.
Si su institución no está obligada a devolver todos los fondos excedentes, usted debe devolver el monto restante.
Para cualquier fondo de préstamo que usted deba devolver, usted (o su padre de un préstamo PLUS Directo) pagará conforme a los términos del pagaré. Es decir, realiza pagos programados al titular del préstamo en un período de tiempo determinado.
Cualquier cantidad de fondos a los que no tenía derecho y que debe devolver se llama un pago excesivo, overpayment. La cantidad máxima de un pago excesivo que usted debe pagar es la mitad de los fondos de la beca que recibió o fue programada para recibir. Usted no tiene que pagar un sobrepago de la beca si el monto original del pago excesivo es de $50 o menos. Debe hacer arreglos con su institución o con el Departamento de Educación Federal para devolver los fondos a los cuales no tenía derecho.
Los requisitos de los fondos del programa del Título IV, cuando un estudiante procesa una baja total, son separados de cualquier política de reembolso institucional. Por lo tanto, usted todavía puede deber fondos a la institución para cubrir los cargos institucionales no pagados. Su institución también puede cobrarle por los fondos del programa Título IV que entiendan debía devolver. Si usted todavía no conoce la política de reembolso institucional, debe solicitar una copia. La institución también puede proveerle los requisitos y procedimientos de la Política de Baja Total.
Si tiene preguntas sobre los fondos del programa Título IV, puede llamar al Centro de Información Federal sobre Ayuda Estudiantil al 1-800-4-FEDAID (1-800-433-3243). Los usuarios de TTY pueden llamar al 1-800-730-8913. También hay información disponible en la página electrónica www.studentaid.ed.gov.
Ayudas que ofrecemos
Los préstamos estudiantiles, de interés bajo, son otorgados para gastos educativos. El estudiante deberá cumplir con el proceso institucional para solicitar ayuda económica. Además, debe cumplir con las Normas de Progreso Académico Satisfactorio (SAP).
Estos préstamos son una deuda que requiere de la misma atención, tal y como otros préstamos ya sean hipotecarios, de automóviles, entre otros. Por lo tanto, debe ser tratado con la misma responsabilidad que otras deudas. La manera en que se administre este préstamo tendrá un impacto en la elegibilidad para obtener más crédito en el futuro. El estudiante deberá visitar la oficina de Asistencia Económica, donde se evaluará su caso y se le indicará la cantidad para la cual cualifica. La asignación del préstamo dependerá de que el estudiante haya cumplido con todos los requisitos. Una vez la información esté en “Banner” procederá a aceptar a través de ”Acceso Pionero”. El estudiante puede, en cualquier momento, rechazar el mismo, ya sea parcial o totalmente.
Luego de aceptar el préstamo, deberá proceder a completar la Entrevista Inicial y el MPN (Master Promissory Note), siempre y cuando sea la primera vez que recibirá el préstamo. Estos documentos se realizan directamente con el Gobierno Federal en www.studentloans.gov; si requiere ayuda técnica, visite la Oficina de Asistencia Económica. Antes de acreditar el préstamo, por semestre o trimestre, a la cuenta del estudiante, el gobierno federal certificará la elegibilidad para el mismo.
Descripción de los préstamos estudiantiles
Préstamos Federales Directo Subsidiados y No-Subsidiados
- Ambos préstamos estudiantiles tienen un interés variable, determinado por el gobierno federal, no obstante no excederá del 8.25%.
- Préstamo Federal Directo Subsidiado: Se asignan anualmente desde $3,500 a $5,500 (nivel subgraduado) de acuerdo con el nivel de estudio, la necesidad económica y si cumple con todos los requisitos básicos para recibir ayuda económica. Los intereses de estos préstamos son pagados por el Gobierno Federal mientras el estudiante está matriculado en por lo menos medio tiempo, (6 créditos.) a nivel Subgraduado. Dicho préstamo no está disponible a nivel graduado. El porciento es variable. El Período de Gracia consta de seis (6) meses entre la fecha en la que se gradúa, deje de estudiar o se matricule en menos de medio tiempo y la fecha que comienza a pagar el préstamo. Durante este período el interés se acumulará. Efectivo el 1 de julio de 2013 los estudiantes que soliciten dicho préstamo por primera vez se limitan al 150% de su programa de estudio. Además, aquel estudiante que haya saldado su préstamo estudiantil se considerará como nuevo prestatario. El gobierno federal informará periódicamente la utilización del 150% por estudiante a través de la respuesta del FAFSA.
- 2017-2018 -4.45%
- 2018-2019 – 5.05%
- Préstamo Federal Directo No- Subsidiado: La asignación puede variar hasta un máximo de $20,500 (menos el préstamo subsidiado otorgado al mismo tiempo) de acuerdo con nivel de estudio. La necesidad económica no figura como requisito de participación. Los préstamos No-Subsidiado acumulan intereses desde el momento en que se acreditan a la cuenta del estudiante durante el Período de Gracia o Diferimiento.
- 2017-2018 4.45%
- 2018-2019 5.05%
- Diferimiento es un acuerdo con el dueño del préstamo, para atrasar el pago por razones justificadas y aceptadas por reglamento federal
Cantidad máxima de préstamos directos
La cantidad máxima a solicitar del préstamo por año académico depende de la necesidad económica del solicitante, su nivel de estudio y el tipo de préstamo (Subsidiado o No- Subsidiado), según detallado a continuación:
Nivel de Estudio | Estudiante Dependiente | Estudiante Independiente | ||
---|---|---|---|---|
Subsidiado | Subsidiado | No- Subsidiado | Subsidiado | No-Subsidiado |
Primer año subgraduado | $3,500.00 | $2,000.00 | $3,500.00 | $6,000.00 |
Segundo año subgraduado | $4,500.00 | $2,000.00 | $4,500.00 | $6,000.00 |
Tercer año en adelante subgraduado | $5,500.00 | $2,000.00 | $5,500.00 | $7,000.00 |
Estudiantes graduados y profesionales | 0 | 0 | $0 | $20,500 .00 |
Certificación de maestros y cursos de pre-requisitos | $5,500.00 | 0 | $5,500.00 | $7,000.00 |
La cantidad máxima acumulativa de préstamos directos.
Estudiante dependiente | Estudiante independiente | |||
---|---|---|---|---|
Nivel de estudio | Total acumulado | Máximo subsidiado de total acumulada |
Total acumulado | Máximo subsidiado de total Acumulado |
Subgraduado | $31,000.00 | $23,000.00 | $57,500.00 | $23,000.00 |
Post Graduados | xxxxxxxxxxxx | xxxxxxxxxxxx | $138,500.00 | $65,500.00 |
El prestatario comenzará a pagar su préstamo (principal) y los intereses seis (6) meses después de haberse graduado, haber dejado de ser estudiante de, por lo menos, medio tiempo o cesar sus estudios universitarios.
Préstamo Directo No-Subsidiado para estudiantes graduados
- 2018-2019 6.60%
Préstamo Federal Directo PLUS para padres
- Préstamo “Direct Federal Plus” para padres: Préstamo privado para padres de estudiantes subgraduados. Debe tener un buen historial crediticio. La cantidad máxima será la necesidad económica pendiente por cubrir, después de la otorgación de la ayuda económica. Los padres tendrán que solicitar y hacer un “Master Promissory Note’’ (Pagaré). Si los padres no cualifican, entonces se le puede otorgar la cantidad al estudiante como un Préstamo Directo No-Subsidiado. Una vez que acepte el préstamo, deberá proceder a completar la Entrevista Inicial y el MPN (Master Promissory Note). Estos documentos se realizan directamente con el Gobierno Federal en www.studentloans.gov; si requiere ayuda técnica, visite la Oficina de Asistencia Económica.
- 2017-2018 7.00%
- 2018-2019 7.60%
Préstamo Federal Directo PLUS para estudiantes graduados
- Préstamo Direct Plus para Graduado: Préstamo privado para estudiantes a nivel graduado. Debe tener un buen historial crediticio. De no cualificar, puede solicitar mediante un codeudor. La cantidad de este préstamo completará la diferencia entre el presupuesto educacional y las ayudas asignadas. Una vez que acepte el préstamo, deberá proceder a completar la Entrevista Inicial y el MPN (Master Promissory Note). Estos documentos se realizan directamente con el Gobierno Federal en www.studentloans.gov; si requiere ayuda técnica, visite la Oficina de Asistencia Económica.
- 2017-2018 7.00%
- 2018-2019 7.60%
Préstamos Privados (Préstamos Alternos)
Préstamos Privados (Préstamos Alternos): Ayudan a pagar los gastos educacionales que no estén cubiertos por ayudas estatales o federales tales como becas, donativos y/o préstamos estudiantiles. Estos requieren verificación de crédito y/o la firma de un codeudor. Además, los intereses suelen variar y ser más elevados que los préstamos federales. Estos préstamos deben considerarse como última alternativa en el proceso de resolver su gastos educacionales.
National Student Loan Data System (NSLDS)
National Student Loan Data System (NSLDS): El Gobierno Federal les requiere a las instituciones reportar continuamente el estatus de los estudiantes matriculados y las ayudas recibidas a su Centro de Datos Universal -(NSLDS). La misma presentará las ayudas recibidas: Beca Pell y otras becas federales, y/o préstamos estudiantiles. Por ende, puede mantenerse informado de su historial de préstamos accediendo a la página electrónica: www.nslds.ed.gov.
Periodo de elegibilidad máxima Préstamo Subsidiado (150%)
Conforme a la nueva reglamentación del USDE efectivo el 1 de julio de 2013 todo estudiante que solicite Préstamo Directo Subsidiado por primera vez se limita al 150% de su programa de estudio. La nueva reglamentación le aplica a:
- Todo estudiante que solicite préstamo subsidiado por primera vez.
- Todo estudiante que haya saldado sus préstamos estudiantiles y después del 1 de julio de 2013 desee solicitar préstamos nuevamente se considerará como nuevo prestatario.
Entrevista de Entrada
Master Promissory Note (MPN)
Becas
Programas Federales de Asistencia Económica
La Institución particpa de los siguientes programas de ayuda económica:
- Becas o donativos – Ayuda gratuita para sufragar los costos educacionales
- Estudio y Trabajo – Compensación por trabajo para sufragar los costos educacionales
- Préstamos – Fondos Federales para sufragar los costos educacionales. El estudiante tiene que repagar el mismo al USDE.
BECA
Beca Pell Federal (Pell): Programa de ayuda económica gratuita instituita por el Gobierno Federal. Esta basada en la necesidad económica. Para solicitar la misma, debe acceder a: htpps://fafsa.ed.gov. La cantidad máxima anual de esta beca es determinada por el Gobierno Federal. La cantidad otorgada al estudiante varía de acuerdo con su índice de elegibilidad (EFC) y el número de créditos matriculados.
Existen dos programas federales de ayudas económicas que se conocen como Campus-Based:
Donativo Federal Suplementario (FSEOG): Este programa está limitado a estudiantes de nivel subgraduado que reciban la Beca Pell y requiere una carga académica de por lo menos seis (6) créditos. Se les da prioridad a los estudiantes que demuestren necesidad económica. La Institución debe someter anualmente la solicitud de renovación de fondos al Gobierno Federal. Por consiguiente, la PUCPR no puede asumir que los fondos a recibirse serán los mismos que en los años anteriores. La asignación específica es determinada por la Institución, conforme con los números de los candidatos elegibles y el total de fondos recibidos.
Estudio y Trabajo Federal (FWS): Este programa brinda la oportunidad al estudiante de contribuir a sus gastos de estudios realizando varias tareas por las cuales recibirá una remuneración. El lugar de trabajo, si es posible, reforzará la meta académica y profesional del estudiante. El estudiante podrá trabajar en sus horas libres en la Institución. Recibirá como pago el salario mínimo federal VIGENTE por horas trabajadas. La aprobación del mismo, dependerá del grado de necesidad económica, la capacidad del estudiante para estudiar y trabajar y las horas disponibles dentro de su programa de clases. El estudiante deberá cumplir con los requisitos y condiciones estipuladas en el contrato.
PRÉSTAMOS
Préstamo Estudiantil: Fondos federales provistos por el gobierno federal para cubrir gastos educacionales. El estudiante comenzará a pagar seis (6) meses después de haberse graduado, abandonado sus estudios o haber matriculado una carga académica menor de seis (6) créditos. Estos préstamos conllevan una tasa de interés variable, la cual no excederá un 8.25%. La cantidad a recibir es de acuerdo con el nivel de estudio y la necesidad económica después de recibir alguna ayuda estudiantil federal, estatal, institucional, privada, entre otros. Para información adicional acceder a: htpps://studentloans.ed.gov
Préstamo Subsidiado: No acumulan intereses mientras el estudiante estudie, por lo menos, una carga académica a medio tiempo, esté en periodo de gracia o diferimiento.
Préstamo No-Subsidiado: Acumulan intereses después del primer desembolso.
Préstamo PLUS: Préstamo para padres de estudiantes a nivel subgraduado para ayudar a cubrir los costos educacionales de sus hijos. Sujeto a verificación de crédito.
Préstamo PLUS Graduado: Préstamo federal para estudiantes graduados. Sujeto a verificación de crédito.
Efectivo el 1 de julio de 2013 , estudiantes que soliciten el préstamo subsidiado por primera vez, comenzando el año académico 2013-2014 se limita al 150% de su programa de estudios. Por ejemplo, un estudiante matriculado en un programa de dos años (2) tendrá tres (3) años de elegibilidad para préstamo subsidiado. Por otro lado, un estudiante matriculado en un programa de cuatro (4) años tendrá seis (6) años de elegibilidad para préstamo subsidiado. Todo estudiante que haya pagado en su totalidad su préstamo será considerado como estudiante nuevo en el programa de préstamo.
Si el estudiante NO es elegible para Préstamo Directo puede solicitar un préstamo privado. No obstante, el porciento de interés es más alto que el de Préstamo Directo.
Cantidad asignada de Beca Pell para los siguientes años académicos:
2018-2019 – $6,095.00
2017-2018 – $5,920.00
Durante el año académico 2017-2018 (hasta 5 de junio de 2018) se otorgó de Beca Pell a:
Sexo | Número de estudiantes | Cantidad asignada |
Femenino | 3,805 | $18,261,504.19 |
Masculino | 2,426 | $11,195,827.13 |
Total | 6,231 | $29,457,331.32 |
Becas de Estudios Superiores para el fomento de la Docencia (Teach Education Assistance For College and Higher Education Grants – TEACH): Estudiantes adscritos al Colegio de Educación, cuya meta académica sea ejercer como maestros en una escuela primaria o secundaria. La escuela debe servir a una comunidad de escasos recursos (Título I). El estudiante debe tener un promedio general de 3.25 y debe estar matriculado a tiempo completo. A nivel subgraduado pueden recibir ($3,708.00 anuales hasta un máximo de $14,832.00), post-graduado y graduados (máximo de $8,000.00). Estudiantes a nivel doctoral no son elegibles. Deben firmar un contrato comprometiéndose a trabajar, por lo menos 4 años, dentro de un periodo de 8 años después de haber completado su preparación académica. De no cumplir con el acuerdo, el total de la beca recibida se convertirá en un Préstamo Directo No-Subsidiado. El interés será acumulado desde la fecha en que se desembolsó la beca.
Para mayor información sobre ayudas económicas
Accede a htpps://federalstudentaid.ed.gov
Este programa le brinda la oportunidad al estudiante de contribuir a sus gastos de estudios realizando varias tareas por las cuales recibirá una remuneración. El lugar de trabajo, si es posible, reforzará la meta académica y profesional del estudiante. El estudiante podrá trabajar en sus horas libres en la Institución. Recibirá como pago el salario mínimo federal VIGENTE por horas trabajadas. La aprobación del mismo, dependerá del grado de necesidad económica, la capacidad del estudiante para estudiar y trabajar y las horas disponibles dentro de su programa de clases. El estudiante deberá cumplir con los requisitos y condiciones estipulados en el contrato.
La agencia estatal conocida como el Consejo de Educación de Puerto Rico (CEPR) es responsable de administrar los fondos destinados a las instituciones de educación superior para ayudar a los estudiantes a sufragar sus gastos educativos. Anualmente, las instituciones de educación superior solicitan estos fondos. No obstante, la certificación de los mismos depende de la cantidad designada por el gobierno estatal y el número de instituciones que haya solicitado los mismos. A los programas de ayudas económicas estatales les aplican los mismos reglamentos establecidos por el Departamento de Educación Federal para los Programas de Ayudas Estudiantiles Título IV.
- Beca PROGRESAH: Anualmente la Universidad recomienda al CEPR a aquellos estudiantes académicamente sobresalientes (promedio general de 3.75 o más) de tercero o cuarto año con necesidad económica. El CEPR selecciona quién recibirá la beca.
- Beca de Becas para estudiantes con talento académico (BETA): para estudiantes matriculados a tiempo completo en programas subgraduados o graduados (cada año fiscal se determinará a qué niveles aplicarán los fondos). Deben tener promedio académico de 3.00 o más y con ingreso anual no mayor del 80% de la mediana de ingreso en el hogar, según se haya establecido para el año fiscal que corresponde.
- Programa de Becas para Áreas específicas (PBSSE): Estudiantes con promedio académico de 3.50 o más, matriculados en programas de estudio conducentes a un grado académico identificado por el CEPR. De dicha población de candidatos, la agencia estatal determina el proceso de selección de los becados.
Para mayor información sobre ayudas económicas
Accede a www.ce.pr.gov
Estas becas estarán disponibles para los estudiantes que reúnan los requisitos establecidos por los donantes de dichas ayudas. Estas becas varían de un año a otro y no se conceden sobre una base regular, ya que la otorgación de las mismas dependerá de los fondos disponibles. La PUCPR no garantiza, ni se hace responsable, de la disponibilidad de las ayudas económicas ofrecidas por entidades externas a la Institución. A continuación algunas de las becas que se han otorgado:
- Banco Central
- Farmacia González
- Beca Ángel Ramos
- Fondo Beca Desarrollo
- Beca Padre Espíritu Santo
- Beca Julio E. Santiago
- Beca Plaza del Caribe
- Fondo Beca Guayama
- Fondo Beca Mayaguez
- Beca Comité de Madrinas
Fondo Beca Golf
Otras Becas Suplementarias
Existen diferentes clases de becas y donativos para estudiantes a nivel graduado. Debe comunicarse con su departamento y/o con la Oficina de Asistencia Económica, al igual que los Decanatos, Oficinas de Directores, entre otros. Debido a que en este nivel las ayudas se individualizan de acuerdo con el programa de estudio del estudiante, recomendamos acceder a Acceso Pionero, donde hay enlaces para otras ayudas. Puedes acceder a: www.fastweb.com, www.hacu.net
La Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico ofrece ayudas económicas por medio de fondos que son designados para conceder becas a estudiantes que desean completar sus objetivos académicos sobre una base de excelencia académica. No obstante, la institución estipula que el Programa de Beca Génesis puede variar anualmente dependiendo de la disponibilidad de los fondos presupuestados y el número de candidatos. Las Becas Génesis son las siguientes:
- Beca Génesis Nuevo Ingreso – Incentivo para estudiantes de nuevo ingreso durante su primer año académico. Se identifican los candidatos y se otorgan las becas por promedio general e índice de admisión por orden de mayor a menor. El estudiante debe tener un promedio general de escuela superior de, por lo menos, 3.00 puntos y estar matriculado en 15 créditos o más. Se otorgan los fondos por promedio e índice de admisión en orden de mayor a menos hasta alcanzar los fondos presupusetados.
- Programa Honor Institucional – Se propone identificar y reclutar a los estudiantes académicamente talentosos, que estén dispuestos a desarrollar al máximo sus potenciales. El estudiante debe tener un promedio general de escuela superior de 3.50 o más. Haber obtenido en el examen del College Entrance Examination Board, CEEB, 3000 o más en la puntuación global de la Prueba de Evaluación y Admisión Universitaria (PEAU) y una puntuación de 500 o más en las 5 áreas del examen o haber obtenido 1800 o más en la puntuación global de la Prueba de Admisión a la Instituciones Postsecundarias (PAA) y una puntuación de 600 o más en las 3 áreas de dicho examen. Tener un índice de admisión de 310 para estudiantes del Colegio de Ciencias y de 300 para los estudiantes de otros Colegios. El Programa está diseñado para atender las necesidades e intereses de los participantes en forma continua y sistemática durante los años de estudio conducentes al bachillerato. Los estudiantes que se seleccionan para constituir el grupo de honor tienen como requisito el participar en los dos (2) componentes de éste: componente académico (cursos de honor) y componentes co-curricular-extracurricular (actividades orientadas al desarrollo personal, formación de líderes y servicio a la comunidad).
Los estudiantes seleccionados, de acuerdo con los criterios de elegibilidad, recibirán exención completa de matrícula, hasta 15 créditos semestrales y 6 créditos a distribuirse para sesiones de verano (junio y/o julio del año fiscal), después de acreditar las becas federales y estatales, sujeto a las reglas de cada programa. Los estudiantes no elegibles para ayuda económica recibirán una exención equivalente a una matrícula básica de 15 créditos y 6 créditos a distribuirse para sesiones de verano (junio y/o julio del año fiscal), al costo vigente del programa actual al que esté adscrito el estudiante. Además, la beca considera el pago de la cuota universitaria, estipendio para libros y de hospedaje interno, si cualifica.
- Beca Génesis Alto Rendimiento – Incentivo para reconocer los logros de los estudiantes con buen aprovechamiento académico, cuya clasificación sea segundo, tercer o cuarto año a nivel subraduado en estudiantes universitarios. Se asignará a los estudiante de acuerdo al promedio general, en orden de mayor a menor. El estudiante debe tener un promedio general de 3.50 o más y estar matriculado en 15 créditos por semestre. Sin embargo, la exención de la beca se aplicará a los primeros 12 créditos matriculados. La renovación de la beca requiere aprobar el 90% de los créditos intentados y un GPA de 3.50. Se otorgarán los fondos por promedio general en orden de mayor a menor hasta alcanzar los fondos presupuestados.
- Beca Génesis Escuelas Católicas – Se otorga una reducción de pago aplicada a la matrícula en los primeros tres años de estudio ininterrumpidos. El estudiante debe tener un promedio general de 3.00 a nivel de escuela superior y estar matriculado en 15 créditos o más por semestre. Se otorgará, primeramente, la renovación a los estudiantes activos que cumplan con los criterios de elegibilidad y luego, de acuerdo a la disponibilidad de fondos, se considerarán los nuevos participantes de la PUCPR. Se otorgarán los fondos por promedio general en orden de mayor a menor.
- Beca Génesis Atlética – Se asigna para fomentar el desarrollo de los estudiantes atletas que representen a la Universidad de forma destacada en los deportes. El estudiante debe estar matriculado en, por lo menos, 12 créditos por semestre, mantener un promedio general de 2.00 o más y demostrar habilidad en su disciplina atlética. El estudiante deberá entrevistarse con el Director Atlético y el entrenador del deporte que practica para determinar sus habilidades y talentos. Los beneficios a otorgarse varían de acuerdo con la categoría de la beca asignada al atleta por el Director Atlético. El atleta deberá firmar, anualmente, el contrato de Becas Atléticas aceptando los beneficios de la beca que le fueron asignados. En ningún momento dicha beca puede exceder la necesidad económica del becado. La misma no aplica para periodos de verano.
- Beca Génesis Coro – Se otorga a estudiantes interesados en permanecer ininterrumpidamente en el Coro Universitario. El estudiante deberá audicionar con el Director del Coro y estar matriculado, por lo menos, en 12 créditos y tener un promedio general de 2.00 o más. El primer semestre en el Coro es de probatoria. Esta beca se aplica a gastos de libros y material didáctico a través de la Librería Pionera.
- Beca Génesis Teatro – Se otorga a estudiantes que deseen participar del Taller de Teatro. El estudiante debe audicionar con el Director de la Oficina de Extensión Cultural y el coreógrafo del grupo, estar matriculado en 12 créditos o 6 créditos a nivel graduado y tener un promedio general de 2.00 puntos o más. El primer semestre en el taller es de probatoria. Esta beca se aplica a gastos de libros y material didáctico a través de la Librería Pionera. Luego de una audición, el Director selecciona los estudiantes.
- Beca Génesis “Dance Team” – El estudiante debe audicionar con el Director del grupo, estar matriculado en 12 créditos a nivel subgraduado ó 6 créditos a nivel graduado y tener un promedio general de 2.00 o más. El primer semestre en el grupo es de probatoria. Esta beca se aplica a gastos de libros y material didáctico a través de la Librería Pionera.
- Beca Génesis Banda de Marcha – El estudiante debe audicionar con el Director de la Banda de Marcha, estar matriculado en 12 créditos a nivel subgraduado o 6 créditos a nivel graduado y tener un promedio general de 2.00 o más. El primer semestre en la Banda es de probatoria. Esta beca se aplica a gastos de libros y material didáctico a través de la Librería Pionera.
- Beca Génesis Abanderadas – El estudiante debe audicionar con el Director del grupo, estar matriculado en 12 créditos a nivel subgraduado o 6 créditos a nivel graduado y tener un promedio general de 2.00 o más. Esta beca se aplica a gastos de libros y material didáctico a través de la Librería Pionera.
- Beca Génesis Porrismo – El estudiante debe audicionar con el Director del grupo, estar matriculado en 12 créditos a nivel subgraduado o 6 créditos a nivel graduado y tener un promedio general de 2.00 o más. Esta beca se aplica a gastos de libros y material didáctico a través de la Librería Pionera.
- Beca Génesis Puestos de Trabajo – Este programa tiene como prioridad proveer una experiencia de trabajo relacionada con el área de estudio del estudiante. El máximo de horas a trabajar es de 10 horas semanales, de acuerdo al salario mínimo vigente del gobierno federal. El estudiante debe estar matriculado en 12 créditos a nivel subgraduado y 3 créditos a nivel graduado y tener un promedio general de 3.00 o más.
- Beca Génesis Asistente de Cátedra/Investigación – Se otorga para estudiantes a nivel graduado, quienes proveerán apoyo administrativo, programático y de investigación a la comunidad facultativa. La misma es una oportunidad para que el estudiante adquiera una experiencia práctica de sus metas profesionales. El máximo de horas a trabajar es de 20 horas semanales, dependiendo de las tareas a realizar, el nivel de estudio y la experiencia académica. El estudiante debe estar matriculado en 6 créditos a nivel graduado y tener un promedio general de 3.50 o más.
Aplicaciones Generales:
1. Si un estudiante cualifica para la Beca Programa de Honor Institucional, no puede tener duplicidad de beneficios al participar de otras Becas Génesis.
2. Si un estudiante cualifica simultáneamente para la Beca Génesis – Nuevo Ingreso y la Beca Escuelas Católicas se le aplica la de mayor beneficio económico.
3. Si un estudiante es recipiente de exención de hijos de facultad o de personal administrativo no puede participar de una Beca Génesis que provea exención de matrícula.
4. El estudiante puede tener la Beca Génesis: Nuevo Ingreso, Alto Rendimiento, Puestos de Trabajo conjuntamente con las becas siguientes: Coro, Teatro, “Dance Team”, Banda, Abanderadas y Porrismo.
5. Toda Beca Génesis será evaluada en los periodos de estudio regulares: semestre y trimestre, excepto verano.
6. La otorgación de las becas se hará sujeta a la disponibilidad de fondos.
Útiles
De acuerdo con el Reglamento Federal, el estudiante que recibe ayuda económica estudiantil deberá cumplir con unas Normas de Progreso Académico Satisfactorio (SAP). Esta norma debe ser igual o más estricta que la norma institucional. Las mismas consisten en: Criterio Cualitativo, Criterio Cuantitativo y el tiempo máximo de estudio. El estudiante mantendrá, desde el segundo año de estudios hasta la fecha de graduación, un promedio mínimo de “C” o su equivalente.
La Pontificia Universidad Católica de PR ha establecido las normas siguientes para que los estudiantes de niveles sub-graduado, graduado, o que deseen obtener un certificado profesional, participen de los programas de asistencia económica.
- Nivel Subgraduado
- Nivel Graduado
Programas Federales de Asistencia Económica
La Institución particpa de los siguientes programas de ayuda económica:
- Becas o donativos – Ayuda gratuita para sufragar los costos educacionales
- Estudio y Trabajo – Compensación por trabajo para sufragar los costos educacionales
- Préstamos – Fondos Federales para sufragar los costos educacionales. El estudiante tiene que repagar el mismo al USDE.
BECA
Beca Pell Federal (Pell): Programa de ayuda económica gratuita instituita por el Gobierno Federal. Esta basada en la necesidad económica. Para solicitar la misma, debe acceder a: htpps://fafsa.ed.gov. La cantidad máxima anual de esta beca es determinada por el Gobierno Federal. La cantidad otorgada al estudiante varía de acuerdo con su índice de elegibilidad (EFC) y el número de créditos matriculados.
Existen dos programas federales de ayudas económicas que se conocen como Campus-Based:
Donativo Federal Suplementario (FSEOG): Este programa está limitado a estudiantes de nivel subgraduado que reciban la Beca Pell y requiere una carga académica de por lo menos seis (6) créditos. Se les da prioridad a los estudiantes que demuestren necesidad económica. La Institución debe someter anualmente la solicitud de renovación de fondos al Gobierno Federal. Por consiguiente, la PUCPR no puede asumir que los fondos a recibirse serán los mismos que en los años anteriores. La asignación específica es determinada por la Institución, conforme con los números de los candidatos elegibles y el total de fondos recibidos.
Estudio y Trabajo Federal (FWS): Este programa brinda la oportunidad al estudiante de contribuir a sus gastos de estudios realizando varias tareas por las cuales recibirá una remuneración. El lugar de trabajo, si es posible, reforzará la meta académica y profesional del estudiante. El estudiante podrá trabajar en sus horas libres en la Institución. Recibirá como pago el salario mínimo federal VIGENTE por horas trabajadas. La aprobación del mismo, dependerá del grado de necesidad económica, la capacidad del estudiante para estudiar y trabajar y las horas disponibles dentro de su programa de clases. El estudiante deberá cumplir con los requisitos y condiciones estipuladas en el contrato.
PRÉSTAMOS
Préstamo Estudiantil: Fondos federales provistos por el gobierno federal para cubrir gastos educacionales. El estudiante comenzará a pagar seis (6) meses después de haberse graduado, abandonado sus estudios o haber matriculado una carga académica menor de seis (6) créditos. Estos préstamos conllevan una tasa de interés variable, la cual no excederá un 8.25%. La cantidad a recibir es de acuerdo con el nivel de estudio y la necesidad económica después de recibir alguna ayuda estudiantil federal, estatal, institucional, privada, entre otros. Para información adicional acceder a: htpps://studentloans.ed.gov
Préstamo Subsidiado: No acumulan intereses mientras el estudiante estudie, por lo menos, una carga académica a medio tiempo, esté en periodo de gracia o diferimiento.
Préstamo No-Subsidiado: Acumulan intereses después del primer desembolso.
Préstamo PLUS: Préstamo para padres de estudiantes a nivel subgraduado para ayudar a cubrir los costos educacionales de sus hijos. Sujeto a verificación de crédito.
Préstamo PLUS Graduado: Préstamo federal para estudiantes graduados. Sujeto a verificación de crédito.
Efectivo el 1 de julio de 2013 , estudiantes que soliciten el préstamo subsidiado por primera vez, comenzando el año académico 2013-2014 se limita al 150% de su programa de estudios. Por ejemplo, un estudiante matriculado en un programa de dos años (2) tendrá tres (3) años de elegibilidad para préstamo subsidiado. Por otro lado, un estudiante matriculado en un programa de cuatro (4) años tendrá seis (6) años de elegibilidad para préstamo subsidiado. Todo estudiante que haya pagado en su totalidad su préstamo será considerado como estudiante nuevo en el programa de préstamo.
Si el estudiante NO es elegible para Préstamo Directo puede solicitar un préstamo privado. No obstante, el porciento de interés es más alto que el de Préstamo Directo.
Cantidad asignada de Beca Pell para los siguientes años académicos:
2018-2019 – $6,095.00
2017-2018 – $5,920.00
Durante el año académico 2017-2018 (hasta 5 de junio de 2018) se otorgó de Beca Pell a:
Sexo | Número de estudiantes | Cantidad asignada |
Femenino | 3,805 | $18,261,504.19 |
Masculino | 2,426 | $11,195,827.13 |
Total | 6,231 | $29,457,331.32 |
Becas de Estudios Superiores para el fomento de la Docencia (Teach Education Assistance For College and Higher Education Grants – TEACH): Estudiantes adscritos al Colegio de Educación, cuya meta académica sea ejercer como maestros en una escuela primaria o secundaria. La escuela debe servir a una comunidad de escasos recursos (Título I). El estudiante debe tener un promedio general de 3.25 y debe estar matriculado a tiempo completo. A nivel subgraduado pueden recibir ($3,708.00 anuales hasta un máximo de $14,832.00), post-graduado y graduados (máximo de $8,000.00). Estudiantes a nivel doctoral no son elegibles. Deben firmar un contrato comprometiéndose a trabajar, por lo menos 4 años, dentro de un periodo de 8 años después de haber completado su preparación académica. De no cumplir con el acuerdo, el total de la beca recibida se convertirá en un Préstamo Directo No-Subsidiado. El interés será acumulado desde la fecha en que se desembolsó la beca.
Para mayor información sobre ayudas económicas
Accede a htpps://federalstudentaid.ed.gov
Anualmente, en cumplimiento con la regulación federal [Division J of Pub. L. 108-447, the "Consolidated Appropriation Act, 2005", December 8, 2004; Stat. 2809, 3344-45 (Section 111).], la Pontificia Universidad Cátolica de PR ha implementado un programa educativo relacionado a la Constitución de los Estados Unidos de América.
El Departamento de Educación Federal requiere que el Día de la Constitución se celebre el 17 de septiembre de cada año, en conmemoración de la firma de la Constitución el 17 de septiembre de 1787. No obstante, cuando el 17 de septiembre cae en sábado, domingo o feriado, el Día de la Constitución se llevará a cabo durante la semana anterior o siguiente.
Para información adicional relacionada a esta regulación hacer referencia Pub. L. 108-447
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Contacto
Oficial de Asistencia Económica
Sra. Ana Miranda Díaz
amiranda@pucpr.edu
787-881-1212 exts. 6016/ 6017
Fax. (787) 651-2041Dirección física
Edificio Norte – Primer Piso Area - Asuntos EstudiantilesDirección postal
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Arecibo, Puerto Rico 00614-4045 -
Horario
Lunes a jueves, de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.
viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
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Notificación Uniforme de No Discrimen de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico bajo el Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 La Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico no discrimina contra individuo alguno por razón de raza, color, etnia, nacionalidad, sexo, orientación sexual, impedimento, condición mental, religión, estatus militar, veterano o por edad en su admisión, acceso o trato o empleo con relación oportunidades educativas, programas, actividades según le es requerido por las leyes y reglamentos aplicables. La Universidad está exenta de aquellas disposiciones de Titulo IX que no sean consistentes con los principios religiosos de la Iglesia Católica Apostólica y Romana. Inquietudes o preguntas sobre la aplicación e implementación de la reglamentación que prohíbe el discrimen pueden ser referidas al Coordinador de la Sección 504 o a la Oficina de Derechos Civiles. Las siguientes personas han sido nombradas para manejar sus inquietudes:
Profa. Myriam D. López, Coordinadora Sección 504,
Vicepresidenta Asociada de Asuntos Estudiantiles,
Centro de Estudiantes, Edificio González Pató, GP-212, Recinto de Ponce
Tel. 787-841-2000, exts. 1460, 1461, 1462
Correo electrónico: 504coordinator@pucpr.edu
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Aprobado en Junta Administrativa del 25 de abril de 2018
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La Católica presenta el libro La visita del almirante Cristóbal Colón a Borikén
La publicación es de la autoría del Lcdo. Israel Roldán González